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Asistencia al Detenido en Sevilla

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Somos expertos en derecho penal y buscaremos en todo momento la mejor solución para usted.

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En una detención, tanto en sede policial como judicial, es necesaria la asistencia de un abogado penalista que le ayude desde el primer momento del proceso ante la presunta comisión de un acto delictivo.

ABM cuenta con abogados penalistas economicos en Sevilla y expertos con amplia experiencia en asistencia a detenidos y le asesoraremos para que conozca en todo momento los pasos a seguir para encontrar la mejor solución para sus intereses.

Desde nuestro despacho de abogados penalistas  podemos ayudarle con:

  • Asistencia durante todo el proceso de detención y el interrogatorio
  • Defensa de los derechos del detenido
  • Protección del detenido ante una posible detención ilegal 
  • y todo lo que necesites , estaremos para defenderte
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¿Que hago si me detienen?

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Esta es una pregunta que muchas veces se hacen las personas que, por desgracia, son detenidos después de haber cometido (o no) algún hecho delictivo.

Sin entrar a debatir si lo ha hecho o no, como abogados, debemos asesorar a nuestro cliente de lo que tiene que hacer desde el primer momento. En este post vamos a tratar de dar unas pequeñas pinceladas. abogados economicos Sevilla 

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La detencion ilegal como delito

El delito de detención ilegal se encuadra dentro de los delitos contra la libertad y se perfecciona cuando un particular encierra o detiene a otro, privándole de su libertad ambulatoria. Este delito se regula en los artículos 163 a 168 del Código Penal. Asistencia al Detenido en Sevilla

La persona detenida por las autoridades policiales tiene derecho a conocer el motivo de su detención.

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  • Atestado policial
  • Derechos del detenido
  • Asistencia con Letrado

Cuando la policía detiene a una persona se priva provisionalmente a ésta de su libertad, hasta que se pone a disposición judicial. El detenido tiene derecho a que le asista un abogado experto en derecho penal. Asistencia al Detenido en Sevilla economicos expertos

La detención policial.

La detención policial preventiva tiene una duración máxima de 72 horas. Transcurrido éste plazo, debe ponerse al detenido en libertad o a disposición del juez de guardia o instrucción.

Cuando las autoridades detienen a un ciudadano, deben hacerlo de la forma que menos le perjudique a nivel personal, de reputación y patrimonio. Los agentes que lleven a cabo la detención deben velar por los derechos del honor, intimidad e imagen del detenido. A su vez deberán respetar el derecho a la libertad de información.

Si el detenido fuera una persona con la capacidad modificada o incapaz, se debe informar a su tutor y al Ministerio Fiscal. De igual modo ocurre con los menores de edad. En éste caso, deben pasar a Fiscalía de Menores. Asistencia al Detenido en Sevilla economicos expertos

El atestado policial.

Toda detención genera un atestado, donde la policía expone el lugar y la hora de la detención, los hechos y causas que la motivan, y la puesta en libertad o a disposición de la autoridad judicial.

La persona detenida tiene derecho a ser informada por escrito en un lenguaje que comprenda, de los hechos presuntamente delictivos por los que se le detiene. También se le debe informar de las razones que motivan su privación de libertad, y de los derechos que tiene.

Derechos del detenido.

Toda persona detenida ostenta los siguientes derechos:

  1. Derecho a guardar silencio, a contestar solo alguna de las preguntas y a declarar sólo ante un juez.
  2. Derecho a no declarar contra sí mismo y a no confesarse culpable.
  3. Designar abogado penalista que le defienda. Puede solicitar el contacto con el abogado por teléfono o videoconferencia.
  4. Acceso a las diligencias o actuaciones policiales esenciales para impugnar la legalidad de la detención.
  5. Poner en conocimiento de familiar o tercero el hecho y lugar de su detención.
  6. Comunicación telefónica con un tercero a elección del detenido. Se realiza en presencia policial.
  7. Ser visitado por las autoridades consulares del país del detenido.
  8. Disponer de un intérprete si no habla castellano o lengua oficial.
  9. Reconocimiento por médico forense.
  10. Solicitar asistencia jurídica gratuita.
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Cuando el detenido no designa ningún abogado de su confianza, se le asigna un abogado penal de oficio. El abogado penalista de oficio no puede elegirse, y es asignado por cada colegio de abogados. Si la persona detenida no obtiene finalmente justicia gratuita, la asistencia practicada y demás actuaciones hechas por el abogado de oficio se le cobrará según criterios de honorarios colegiales.

La asistencia al detenido por el abogado penalista en Sevilla

Cuando se ha designado abogado penal privado o de oficio, éste debe acudir al centro de detención en un plazo máximo de 3 horas. Si no lo hiciere, se designará nuevo abogado.

El letrado penalista que asista al detenido deberá realizar las siguientes actuaciones:

  • Solicitar que se informe al detenido de sus derechos.
  • Entrevistarse en privado con la persona detenida antes de que declare.
  • Pedir el reconocimiento médico del cliente.
  • Intervenir en las declaraciones del detenido y en las diligencias de reconocimiento.
  • Solicitar ampliaciones de declaraciones o diligencias que considere necesarias.
  • Informar al detenido de la consecuencia de prestar o no consentimiento a las diligencias solicitadas.

Debemos tener en cuenta que las comunicaciones entre el abogado penalista y el cliente detenido son totalmente confidenciales.

El detenido puede renunciar a la asistencia de abogado penal en comisaría en los casos de delitos contra la seguridad del tráfico. En estos casos es necesario que se facilite al detenido información clara y suficiente de las causas y hechos de su detención.

La regulación legal de la detención y asistencia en comisaría la encontramos en el  Articulo 520 de la ley de enjuiciamiento criminal

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