Abogados Medidas Paternofiliales Alicante
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¿Que son las Medidas Paternofiliales?
Las medidas paternofiliales son las disposiciones de mutuo acuerdo o por resolución judicial, que regulan la relación entre los padres y sus hijos menores en caso de separación o divorcio. Se refieren al ejercicio de la patria potestad, guarda y custodia de los hijos y otras cuestiones.
Se encuentran reguladas por el Código Civil y la Ley de Enjuiciamiento Civil. Deben tener en cuenta los derechos de los menores. Tienen vigencia tanto para parejas de hecho como formales
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Las medidas paternofiliales se encuentran reguladas por las siguientes leyes:
- Código Civil, artículos referidos a las relaciones paternofiliales, sobre representación legal, administración de los bienes de los hijos y extinción de la patria potestad.
- La Ley de Enjuiciamiento Civil, regula el procedimiento para el establecimiento y modificación de las medidas paternofiliales.
- Ley Orgánica 8/2021 de protección integral de la infancia y adolescencia frente a la violencia, modifica artículos del Código Civil sobre patria potestad.
- Ley 15/2915 de jurisdicción voluntaria, sobre representación legal de los hijos no emancipados en caso de intereses opuestos entre los padres.
- La Ley Hipotecaria, sobre administración de los bienes de los hijos.
- Ley Orgánica 1/1996 de Protección Jurídica del menor.
Contenido de las medidas paternofiliales
- Guarda y custodia de los hijos. Puede ser compartida o monoparental.
- Régimen de visitas para el progenitor que no conviva con el menor.
- Pensión de alimentos, proporcional a los gastos y los ingresos de los padres.
- Atribución de uso de la vivienda familiar.
- Pensión compensatoria, en el caso de que el progenitor que tiene la guarda deba dedicarse por completo al cuidado de los hijos.
- Formas de comunicación con uno de los padres cuando están con el otro.
Establecimiento de las medidas paternofiliales
Las medidas paternofiliales pueden ser establecidas por los padres en el convenio regulador Valencia del divorcio o separación, en el caso del mutuo acuerdo, o por resolución judicial si se debe llegar a esa instancia por los distintos motivos que llevan a la misma.
Sin embargo, se debe recordar que aunque exista mutuo acuerdo, solo es posible si no hay hijos menores, por lo cual el convenio regulador debe ser aprobado por el Juez.
Por lo tanto, es obligatoria la asistencia de un Abogado experto en Familia de Valencia a cuyo cargo quedará la redacción del convenio regulador.
En lo que respecta a las medidas paternofiliales, es decir, si hay hijos menores o con discapacidades o que dependan de los padres, el convenio regulador debe ser considerado por la Fiscalía.
Más allá de las condiciones particulares, las medidas paternofiliales deben velar por los derechos de los hijos menores o dependientes de los padres, que son:
- Respeto a su personalidad, integridad física y mental.
- Estar en compañía de los padres, recibir alimentación, educación y formación integral.
- Representación y administración de sus bienes.
- Ser oídos, si tienen la madurez suficiente, antes de la adopción de medidas que los afecten directamente, ya sea en un procedimiento contencioso o de mutuo acuerdo. Para ello, se les deben garantizar las condiciones idóneas y utilizar términos que les sean accesibles, comprensibles y adaptados a su edad, madurez y circunstancias. Si es necesario, se deberá solicitar el auxilio de especialistas.
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Requisitos para Modificación de las medidas paternofiliales
- Los cambios deben de producirse después de dictarse la resolución judicial con las medidas paterno filiales.
- El cambio a realizar debe ser estable en el tiempo y no esporádico.
- No son válidos los cambios que buscan el beneficio del solicitante.
- La modificación debe ser sustancial y afectar a la medida concreta.
¿Qué cambios se modifican en unas medidas paternofiliales?
- Edad de los menores: en muchos casos el régimen de guarda y custodia se fija teniendo en cuenta las edades de los menores, pero un cambio en la edad del menor puede llevar a un cambio de régimen de guarda y custodia.
- Cambio en la situación económica de los cónyuges: cuando se fija la pensión de alimentos se tiene en cuenta el estatus económico actual, sin embargo, si con el tiempo se producen cambios sustanciales se puede solicitar un cambio de la cuantía en la pensión de alimentos
- Cambios de residencia: si uno de los progenitores cambia su residencia esto puede ser un motivo para el cambio en el régimen de guarda y custodia de los menores. En el caso de que ambos progenitores vivan en ciudades diferentes puede ser necesario un régimen de guarda y custodia monoparental. También de la misma forma cuando el progenitor no custodio vuelve a estar en la misma ciudad que el otro progenitor puede solicitar la custodia compartida de nuevo.
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lo mas importante en las medidas paternofiliales tras una ruptura de matrimonio son los siguientes:
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- Guardia y custodia de los hijos: esta puede ser una custodia compartida o una custodia monoparental.
- Régimen de visitas: este régimen se establece para el progenitor no custodio cuando la custodia elegida es la custodia monoparental.
- Uso de la vivienda familiar: el uso de la vivienda familiar también se determina a favor del cónyuge custodio.
- Pensión de alimentos: para esto se tiene en cuenta los ingresos de ambos progenitores y los gastos del menor.
- Pensión compensatoria: en caso de que uno de los progenitores no disponga de ingresos o esté en una situación económica mala puede ser necesaria.
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